Monitores para el desarrollo de las Escuelas Deportivas |
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Lunes, 19 de Septiembre de 2022 |
Visto que resulta necesario llevar a cabo el servicio que se indican a continuación, procede iniciar el correspondiente expediente de Contrato de Servicios, por procedimiento abierto. Visto que mediante memoria justificativa de fecha 15 de septiembre de 2022, se ha acreditado la necesidad de este Ayuntamiento de contratar el servicio de monitores para las escuelas deportivas de la localidad, en concreto, las que se detallan a continuación:
Visto que con fecha 15 de septiembre de 2022, se emitió informe de Intervención, en el que se acreditaba la existencia de crédito suficiente y adecuado para financiar el gasto que comporta la celebración del contrato de servicios indicado, y se emitió informe sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, a los efectos de determinar el órgano competente para contratar. Visto el informe emitido el día 16 de septiembre de 2022, por el Sr. Secretario Acctal. del Ayuntamiento, sobre el procedimiento a seguir y legislación aplicable, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. HE RESUELTO: PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto, para llevar a cabo el contrato de servicios de monitores para las escuelas deportivas de Calzada de Calatrava, según el siguiente detalle:
SEGUNDO. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato. TERCERO. Aprobar el gasto correspondiente con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: CUARTO. Dar cuenta de la presente Resolución a Intervención y a Tesorería a los efectos de practicar las anotaciones contables que procedan. QUINTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. SEXTO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. SÉPTIMO. Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante: Presidente: D. Juan Salvador Moreno García, Concejal Delegado de Deportes del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava. Vocales:
Secretario: D. Ramón García Guío, funcionario del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava. OCTAVO. El presente Decreto se someterá a su ratificación en la próxima sesión que se celebre por la Junta de Gobierno Local. Puede acceder a todos los detalles en la Plataforma de Contratación del Estado: https://tinyurl.com/2mreynpf |